Llevar el registro y notificar son dos obligaciones distintas
La obligación de llevar un registro de existencias depende de que usted tenga esa especie. No depende de un acceso a la base de datos, ni del tamaño de la explotación, ni de si en el año en curso ha tenido algo que notificar. El registro es la anotación en la explotación; la notificación es lo que de ahí sale hacia fuera.
Esta separación se pasa por alto con frecuencia, porque ambas cosas nacen de las mismas cifras. Quien da su registro por hecho en cuanto ha notificado se queda con las manos vacías en una inspección – se pregunta por el registro, y precisamente para un periodo, no para una fecha concreta.
A la inversa ocurre lo mismo: un registro bien llevado no genera ninguna notificación. Las dos cosas tienen que suceder, y cada una en un momento distinto.
- El registro en la explotación, llevado de forma continua y que hay que conservar
- La notificación de cada movimiento entre dos explotaciones, con ambos números de explotación
- La notificación censal en la fecha de referencia anual, también sin ningún movimiento
- La identificación de los propios animales, que es lo que da sentido a las notificaciones
Por qué aquí se notifican cantidades y no animales
Los cerdos llevan un número de explotación, no un número de animal individual – el crotal dice de dónde viene el animal, no quién es. Las ovejas y las cabras sí están identificadas individualmente, pero se mueven en rebaño. Por eso se notifica una cantidad con fecha, sentido y explotación de origen o de destino, en lugar de una lista de animales.
Esto tiene una consecuencia incómoda en la práctica: una cifra trastocada no se nota. Un número de animal individual erróneo tarde o temprano choca con una comprobación; un movimiento con la cantidad equivocada queda ahí, sin más, hasta que el censo a fecha de referencia deja de cuadrar. Por eso llevar el registro de forma continua no es un fin en sí mismo, sino el único lugar donde ese error se hace visible pronto.
La fecha de referencia es la obligación que se olvida sin movimiento
Una vez al año hay que notificar el censo a fecha de referencia – con independencia de si durante el año han entrado o salido animales. Precisamente esa independencia la convierte en la notificación que más se pasa por alto: quien no ha vendido ni comprado nada tampoco tiene motivo para entrar en la base de datos.
Una explotación que tiene esa especie debe la notificación de todos modos. Por eso conviene vincular el recordatorio de la fecha de referencia a la propia tenencia de animales y no a los movimientos – así llega también en un año en el que, por lo demás, no pasa nada.
De dónde vienen las diferencias entre el registro y la base de datos
Dos explotaciones notifican el mismo movimiento, y ambas notificaciones tienen que coincidir. Si la cantidad no coincide, la base de datos no señala ningún error – lleva ambas cifras, y la diferencia solo se hace visible en el censo. Es el mismo mecanismo que en el vacuno, solo que sin un animal individual al que poder atribuirlo.
La segunda fuente es el momento. Si un movimiento se notifica tarde, el censo no cuadra durante ese tiempo, y una notificación censal que caiga en esa ventana fija la desviación durante un año. Quien lleva las dos cosas en su propio registro – su propia anotación y el estado de la base de datos – ve el hueco antes de que se vuelva oficial.
Qué rige sin acceso a la base de datos
Una explotación puede tener esa especie sin haber configurado un acceso a la base de datos, y puede tener un acceso sin estar autorizada para esa especie en concreto. En ambos casos la obligación de llevar el registro se mantiene, y en ambos casos del registro no sale nada hacia fuera.
Es la situación más peligrosa, porque se siente como orden: las cifras están cuidadosamente recogidas en el sistema, y aun así la autoridad no ha visto nada de ello. Un justificante solo es un justificante cuando está claro si se queda únicamente en su explotación o si además se ha notificado.
